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Derechos

Desde despenalización, en Sinaloa se han aplicado 1,957 abortos legales; hasta 15% en menores

Hasta lo que va de agosto, el Hospital de la Mujer IMSS-Bienestar ha realizado durante 2025 411 interrupciones legales del embarazo; edad promedio de las pacientes es de 30 años, detalla director
07/08/2025 17:26

Desde su despenalización hasta las 13 semanas en marzo del 2022, en Sinaloa el Hospital de la Mujer IMSS-Bienestar en Culiacán ha realizado mil 957 procedimientos.

Según el director del nosocomio, José Arturo Figueroa Camacho, entre el 10 y el 15 por ciento de las interrupciones legales del embarazo fueron en pacientes menores de edad.

”Hablando de Interrupción Legal del Embarazo en el 2025, al día de hoy, llevamos 411 casos sumados desde el momento que se implementó la interrupción legal de embarazo en Sinaloa, el total es de mil 957 pacientes que acuden a solicitar este servicio”.

”La edad promedio de las pacientes son 30 años. Seguimos todavía de un 10, 15 por ciento, son menores de edad, las que acuden solicitando interrupción legal del embarazo”, precisó Figueroa Camacho.

En el año 2022, a partir de las reformas al Código Penal, la Ley de Salud, Código Familiar, Código Civil y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado, se dieron 304 atenciones de este tipo.

Para el 2023 la cifra aumentó a las 585 interrupciones, mientras que en el 2024 fueron 657 abortos legales practicados en el hospital.

Las técnicas utilizadas para la viabilidad de la Interrupción del Embarazo suelen ser elegidas tomando en consideración las semanas de gestación, el estado de salud de la mujer embarazada o persona gestante, de acuerdo con la Secretaría de Salud de Sinaloa.

La reforma concretada por el Congreso del Estado en 2022 legalizó la práctica del aborto hasta las 13 semanas de gestación. Sin embargo, a la mujer que interrumpa el embarazo después de las 13 semanas no irá a prisión, sino que se le impondrá una amonestación, y de uno a 3 meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole, tendentes a la protección y orientación social de la persona sancionada.

A quien apoye e incite a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de 30 a 50 días de trabajo en favor de la comunidad o de 200 a 700 días de multa.

Por otro lado, el delito de interrupción forzada del embarazo se sanciona con 2 a 8 años de prisión, y si además se produce la pérdida de la aptitud o capacidad reproductiva de la víctima, o bien se emplea engaño, violencia física o moral, serán de 3 a 9 años de prisión.

Si el delito de interrupción forzada del embarazo es causado por profesionales de la medicina o la enfermería, además de las sanciones que les correspondan serán suspendidos de 2 a 5 años en el ejercicio de su profesión.