El pasado 5 de junio, la Suprema Corte de Estados Unidos determinó que la demanda interpuesta por México contra varios fabricantes de armas estadounidenses carecía de fundamento legal. El Tribunal dictaminó por unanimidad que el escrito mexicano “no alega plausiblemente” que esos fabricantes hubieran participado activamente en las ventas ilícitas de armas a traficantes mexicanos. En consecuencia, los acusados mantienen la inmunidad otorgada por la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas, que fue diseñada precisamente para blindar a la industria armamentística de este tipo de demandas.
En la opinión de la jueza Elena Kagan (quien redactó el fallo), la excepción legal invocada por México -la llamada excepción del “delito predicado”- sólo se activa cuando el fabricante “participa” en una violación de la ley con la intención de que ésta prospere, condición que no se cumplió en este caso. Dicho de otro modo, la Corte estadounidense consideró que los documentos presentados por México no demostraron que las empresas armeras violaran deliberadamente ninguna ley de armas ni que éstas se hubieran aliado con los criminales (1).
La Corte también dejó claro algunos límites jurídicos de la acusación mexicana. El fallo señala que producir y vender armas legales (incluso de estilo “militar” o con nombres alusivos al narcotráfico) no convierte automáticamente a los fabricantes en cómplices de los criminales. Como destacó la Corte, muchas de esas armas se compran a consumidores legítimos en Estados Unidos, por lo que la preferencia que puedan tener los cárteles por ciertos modelos no implica “participación activa” de las empresas en las actividades ilícitas. Incluso, acusar a los fabricantes de no incorporar marcos de serie invulnerables no es prueba de que hayan “unido mente y mano” con los traficantes. En resumen, legalmente la sentencia refuerza que, salvo casos muy concretos de violación consciente de la ley, la industria armamentística tiene un amplio paraguas protector bajo la PLCAA. Sin embargo, la propia Corte aclara que su decisión no otorga inmunidad absoluta a las empresas, en cambio reafirma que las víctimas (en ambos países) deben probar un vínculo directo y culpable para sortear la ley y llamar a cuentas a las armerías. Por lo que la vía legal, continúa abierta.
Datos oficiales ilustran la magnitud del problema: se calcula que cada año ingresan ilegalmente entre 200 mil y 500 mil armas de fuego desde Estados Unidos a México, y casi la mitad de las armas recuperadas en escenas del crimen mexicano son de origen estadounidense. En total existirían alrededor de 1.4 millones de armas ilegales en circulación en México, de las cuales sÓlo se ha logrado asegurar el 8.6 por ciento. Además, menos del 10 por ciento de las tiendas legales de armas en Estados Unidos son responsables del 90 por ciento de las armas que aparecen en crímenes en México (2).
Estos números demuestran que el problema es estructural: con más de 114 armas por cada 100 habitantes en Estados Unidos, controlar el mercado interno norteamericano resulta casi imposible mediante litigios externos. En este sentido, la estrategia legal mexicana corre el riesgo de quedar en meramente simbólica y distraer de reformas urgentes en seguridad y combate al contrabando. Por ejemplo, el propio Gobierno mexicano admite que sólo hay cuatro investigaciones abiertas por tráfico de armas desde el extranjero, una cifra claramente insuficiente frente a la crisis expuesta (3).
En la práctica, la vía judicial en Estados Unidos queda cerrada tras este fallo, pero México mantiene otra demanda en Arizona (contra cinco armerías) que sigue pendiente, y cuenta con los nuevos mecanismos diplomáticos que el discurso antiterrorista brinda. Además, el caso ya ha tenido efectos de conciencia: se ha señalado que alrededor del 82 por ciento de las armas del crimen recuperadas en México se rastrean hasta pequeños comerciantes estadounidenses, quienes ahora enfrentan mayor presión para revisar sus prácticas. iv
En conclusión, el fallo de la Suprema Corte representa una victoria jurídica para la industria armamentista estadounidense, al confirmar el escudo legal que la protege. No obstante, el debate sobre las armas hacia México persiste en otros ámbitos. Los datos de tráfico ilegal son abrumadores y los canales de contrabando continúan abiertos, por lo que se ha vuelto parte del entendimiento común, a ambos lados de la frontera, que la solución requerirá esfuerzos bilaterales. México ha dejado en claro que no abandonará la lucha por frenar el flujo de armas, usando tanto la presión política como los otros recursos legales a su alcance. Queda por ver si esta nueva etapa (incluida la etiqueta de “terrorista” para los cárteles) cambiará la postura de Washington y de la industria; lo que sí es seguro es que la discusión público-legal en torno al tema seguirá viva pese al veredicto adverso de la Corte.
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El autor es Fernando Escobar Ayala, investigador de Causa en Común.
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1. Véase: Supreme Court of the Unites States (2025), Smite & Wesson Brands, Incs., Et Al v. Estados Unidos Mexicanos.
2. El Economista (2025), “La guerra legal de México contra las armerías de Estados Unidos: lo que está en juego”, El Economista.
3. Ibídem.
4. Redacción Animal Político (2025), “El 82% de las armas traficadas desde EU a México llegando a entidades con presencia de cárteles, dice informe”, Animal Político.